¿Como se reglamentará la nueva reforma para remover al Juez de Faltas?
El presidente del bloque de concejales justicialistas, habló sobre la reforma introducida en la última sesión, relacionado al Juzgado de Faltas. Particularmente, se modificó la Ordenanza que establecía el funcionamiento del Juzgado de Faltas, en la parte que se refiere a la determinación de causas para remover al juez, concretamente al Juez de Faltas en caso de encuadrarse algunos de sus actos en una inconductaLo que decía la Ordenanza
A la Ordenanza que estaba en vigencia, establecía que si se había radicado una denuncia se debía constituir un Jury de Enjuiciamiento y ese Jury era el que determinaba si correspondía o no la remoción, nada más, después el Concejo debía resolver ese tema.
Engorroso
“Consideramos que era engorroso y ponía al Juez de Faltas en particular, en una situación diferente a lo que realmente es, personal de planta municipal, remarcó Pavón, que tiene a su cargo una función de Juez administrativo, porque esto no es parte del Poder Judicial”.
“Simplemente juzga cuestiones que ha delegado el Departamento Ejecutivo, que le correspondía hacerlas al intendente, si no estuviera el Juez de Faltas” acotó.
Reforma
Explicó el presidente del bloque del PJ, que “ahora se estableció que en caso de detectarse una situación de ese tipo, que presuntamente pudiera ser una conducta que haga pasible una sanción, se establece el mismo régimen de sumario administrativo que tiene todo el personal municipal, y por lo tanto está sujeto a esas disposiciones nada mas”.
Juicio previo
Destacó que “de echo, que como todo empleado municipal, como todo empleado público tiene que sustanciarse un juicio previo en el cual tiene todas las garantías y todos los derechos a la defensa, en caso de detectarse alguna conducta que determine esa situación, no queremos decir con esto de que existen, sino que en caso de que pudieran surgir este tipo de conductas, con el sistema anterior se hacía un poco complicado”.
Empleado municipal
Sostuvo Pavón que “el Juez de Faltas es un empleado municipal, con una retribución especial, y con una función específica, y en caso de detectar alguna conducta que lo haga pasible de alguna sanción, se hará exactamente igual que cualquier empleado municipal”.
Ese fue el cambio que se propuso.
-¿Cómo está la tarea con el nuevo Secretario en funciones?
- Esta semana hemos tenido algunas reuniones, y realmente la función del Secretario es asistir al presidente del HCD. Pero normalmente por lo que hace a su especialidad que es un abogado, le hacemos consultas todos los bloques o está él a disposición para cualquier consulta en el aspecto jurídico.
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