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Pida el vuelto correcto, es suyo

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Escrito por Nogoya 451º Viernes, 08 de Enero de 2010 00:56

 

La ley nacional de Redondeo, que está vigente, manda dar vuelto siempre beneficiando al cliente en caso de fracciones menores de cinco centavos, dijo a AIM el director de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos, Arnaldo Gomariz, quien afirmó que “esta norma sufre numerosas y permanentes violaciones. Esta modalidad de infracción tiene una particularidad: se da todo el tiempo y en múltiples lugares porque las transacciones comerciales que una persona realiza por día son muchas, lo cual hace difícil el control”.  

En diálogo con esta Agencia, el funcionario detalló que “si un producto o servicio, por ejemplo una llamada telefónica en un telecentro, cuesta 23 centavos, no se podrá cobrar 25, es decir, redondear a favor de la empresa, sino 20, a favor del cliente, si no se dispone de las dos monedas de un centavo que hacen falta para perfeccionar la operación comercial”.

Gomariz indicó que por esta clase de redondeos, en algunos precios como por ejemplo 19,98 pesos, en lugar de 20, que terminan siendo siempre 20 en la práctica, dan a la larga en un mes, un monto de alrededor de siete pesos para una familia tipo, que si gana 700  pesos mensuales ve implicado sólo en eso el uno por ciento de sus ingresos totales.

Qué es la norma y qué dice    

La llamada ley de redondeo es una resolución con la que se amplió la ley (nacional) de Lealtad Comercial. Las atribuciones sobre esta norma las tiene la dirección General de Defensa del Consumidor (Dgdc) de la provincia, cuyo titular es Gomariz y de la que depende la Dirección de Lealtad Comercial.

Gomariz afirmó que si bien las infracciones son constantes, no ocurre lo mismo con las denuncias, “porque la gente no está habituada a denunciar prácticas comerciales desleales” y admitió que “la mayor parte de los procedimientos, actuaciones y sumarios por infracción que se llevan adelante por este tema son realizados de oficio” a partir de las tareas de inspección que realiza la propia dirección.

El libro de quejas cobra importancia, ya que es muy difícil comprobar que no se dio un vuelto o no se redondeó a favor del consumidor. Solo puede comprobarse con un inspector en el acto. Este libro posibilita que los clientes a los que no se les redondeó a su favor puedan asentar las quejas, con fecha y hora y, en caso de denuncia, se puede pedir para que en la audiencia de conciliación se tome como prueba.

Difundir los derechos

Según Gomariz, la violación de la ley de Redondeo “se da todo el tiempo, en múltiples lugares y las transacciones comerciales que una persona realiza por día son muchas más de las que percibimos: subimos al colectivo, hacemos una llamada telefónica, compramos algo en un kiosco. Esto multiplicado por cada uno de los consumidores es un volumen de transacciones comerciales de una magnitud que supera cualquier tipo de control. Por eso, nosotros (la DLC) realizamos una tarea de difusión de los derechos para que cada persona se convierta en guardián de sus propios derechos”.

El titular de la DDC dijo que desde ese organismo trabajan sobre las principales infracciones y sobre las denuncias que pudiera haber como también en la capacitación de los comerciantes y la difusión de los derechos de los consumidores.

Sin exenciones

En algunos comercios, hay carteles en los que se advierte que el negocio no cuenta con vuelto y por eso entrega golosinas a cambio y se agrega que cada cliente elige donde gasta su dinero. Sobre el tema, Gomariz aseguró que “si alguien tiene un comercio abierto al público, esto implica discriminación, porque podrán consumir solo las personas que acepten que no se les dé vuelto, por lo cual no hay una elección libre del consumidor del lugar en el que quiere consumir. Además, muchas veces, el consumidor no tiene la posibilidad de elegir porque se encuentra muy lejos del próximo comercio que vende lo que necesita o porque no hay otro. Un comerciante no puede eximirse de la ley”.

También agregó que “si uno tiene una estructura comercial es su obligación proveerse de los medios para realizar su tarea; en este caso sería cambio y, en el caso de que no lo haya, debe aplicar el redondeo. Si no tiene cambio no debe colocar precios con diferencia de centavos”.

Sanciones previstas

“Las sanciones son, principalmente, económicas y depende del tipo de comercio, del tipo de infracción y del tipo de impacto que tuvo esa infracción sobre una o varias personas. El rango va de 100 a 500 mil pesos”, aseguró.

 

Fuente: AIM Digital


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